La provincia de Ourense suma dos nuevas zonas demarcadas por la flavescencia dorada de la vid
El Diario Oficial de Galicia publica hoy una resolución en la que se recoge una ampliación de los ayuntamientos con presencia de la plaga de cuarentena denominada flavescencia dorada de la vid, estableciendo la zona demarcada y adoptando medidas urgentes para su erradicación y control en Galicia. Esta actualización incluye dos nuevos ayuntamientos donde se declaran parcelas plagadas en la provincia de Ourense, A Arnoia y Ribadavia. Además, la zona tapón se amplía en la provincia ourensana a varias parroquias de los ayuntamientos de Castrelo de Miño, Melón, Cartelle y Ramirás.
La plaga denominada flavescencia dorada de la vid es provocada por el organismo denominado Grapevine flavescence dorée phytoplasma y transmitido por un insecto vector (Scaphoideus titanus). La nueva zona demarcada está formada por la zona plagada -parcelas donde se confirma su presencia- y una zona tampón alrededor de esta.
El 2 de febrero de 2023 se publicó la resolución que declaraba la presencia de flavescencia dorada en Galicia, estableció la zona demarcada y las medidas urgentes para su erradicación y control. El 17 de noviembre de 2023 se ampliaron las zonas demarcadas y se establecieron nuevas medidas de erradicación y control. Durante las prospecciones realizadas a lo largo del 2024 se produjeron nuevas detecciones de este organismo nocivo, lo que hace necesario ampliar la zona demarcada y mantener las medidas ya establecidas.
Las parcelas plagadas a día de hoy se encuentran en los ayuntamientos de A Cañiza, Arbo, As Neves, Creciente, O Rosal, Oia y Tomiño, en la provincia de Pontevedra; y en los ayuntamientos de A Arnoia, Cortegada, Gomesende, Padrenda, Pontedeva, Quintela de Leirado y Ribadavia, en Ourense. Además, la zona tampón también se extiende a varias parroquias de los ayuntamientos de Salceda de Caselas, Salvaterra de Miño y Tui, en la provincia de Pontevedra; y varias parroquias de Castrelo de Miño, Melón, Cartelle y Ramirás, en Ourense.
Medidas obligatorias en las zonas demarcadas
Dentro de la zona plagada, los titulares de las parcelas vitivinícolas en las que se detecte la presencia de plantas plagadas o insectos vectores deberán aplicar lo antes posible un tratamiento insecticida autorizado a todas las plantas. Las plantas plagadas y todas las sintomáticas de las parcelas deberán ser arrancadas y destruidas bajo control oficial lo antes posible. Lo más recomendable es que esta destrucción se realice in situ y, si no es posible, se realizará en un rodal próximo, por incineración o por algún otro método autorizado.
Además, en caso de que la parcela afectada tenga más de un 20 % de plantas sintomáticas, se estudiará la posibilidad de eliminar y destruir todas las plantas de la parcela. Si la detección se realiza en una parcela abandonada deberá arrancarse toda la parcela.
En lo relativo a viveros y otros operadores profesionales dentro de las zonas plagadas, en caso de detectar un positivo, este será eliminado y quedará inmovilizado de manera cautelar el material de vid (Vitis spp.) hasta su inspección. En la actualidad no hay ningún vivero u operador profesional afectado en la zona demarcada.
Por otra parte, será obligatorio en toda la zona demarcada que los titulares de las parcelas vitícolas y los operadores profesionales realicen tratamientos insecticidas con productos fitosanitarios autorizados en los períodos de vuelo del vector, que se produce habitualmente en los meses de verano, y que serán publicados en la web de la Consellería. Además, los titulares deberán vigilar la presencia de flavescencia dorada en sus parcelas o instalaciones y comunicar a las autoridades competentes cualquier sospecha o confirmación de la presencia de la plaga.
Asimismo, también cabe arrancar y destruir todas las plantaciones abandonadas de las zonas demarcadas, así como eliminar las plantas silvestres del género Vitis spp. y aquellas que puedan ser portadoras de la enfermedad, entre otras medidas preventivas.