Xunqueira de Ambía aprueba definitivamente los nuevos precios de acceso a la piscina municipal

El Concello de Xunqueira de Ambía ha dado luz verde definitiva a la modificación de la ordenanza fiscal número 10, que regula la tasa por el uso de la piscina municipal, duchas y otras instalaciones deportivas análogas.
La norma establece el marco legal por el que el Ayuntamiento cobra por la prestación de este tipo de servicios, amparándose en la legislación estatal y local que regula las haciendas municipales. Quedan obligados al pago todos aquellos vecinos y visitantes que hagan uso de las instalaciones.
Precios por entrada diaria
Para quienes accedan a la piscina de forma puntual, sin abono, las tarifas quedan establecidas así:
- Mayores de 16 años: 3,00 €
- Menores de 16 años y mayores de 4: 2,00 €
- Niños de hasta 3 años: entrada gratuita
Abonos de temporada
El Ayuntamiento mantiene una diferencia de precio entre las personas empadronadas en el municipio y quienes no lo están. Para los vecinos empadronados, los abonos quedan de la siguiente manera:
- Mayores de 16 años: 20 euros
- Menores de 16 años (a partir de 4 años): 12 euros
- Abono familiar: 30 euros
Para quienes no figuren empadronados en Xunqueira de Ambía, los precios son:
- Mayores de 16 años: 30 euros
- Menores de 16 años: 20 euros
- Abono familiar: 50 euros
Descuentos y bonificaciones
La ordenanza contempla también condiciones especiales para familias numerosas, que deberán acreditar su condición mediante el carné correspondiente. En este caso, el abono familiar costará 25 euros para las empadronadas en el concello y 45 euros para las que no lo estén.
Además, se aplicará una bonificación del 40 % sobre los bonos familiares para cualquier persona inscrita en algún padrón tributario del Ayuntamiento, y un descuento del 50 % sobre estos mismos bonos para las personas con discapacidad, quienes deberán presentar el certificado acreditativo correspondiente.
Cómo y cuándo tramitar el abono
El pago de la entrada individual se realizará directamente en el acceso al recinto. Sin embargo, quienes opten por el abono de temporada deberán tramitarlo previamente en las oficinas municipales, en horario de 09.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes. El carné del abono será necesario para poder acceder a las instalaciones cada vez que se utilicen.
La ordenanza también precisa qué se entiende por "familia" a efectos de esta tasa: los cónyuges, parejas de hecho o convivientes, junto con sus hijos e hijas, siempre que estos sean estudiantes y no superen los 25 años, y no trabajen.